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SEGURO DE vida

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¿Por qué tener un seguro de vida?

Un seguro de vida es un seguro que protege mucho mas que tu vida, también protege la de aquellos que mas quieres y mas te necesitan, por eso te ofrecemos diferentes opciones según el motivo de la contratación del seguro.

  • Vida Hipoteca: para proteger la compra de tu vivienda o cualquier otro inmueble, este seguro garantiza el pago de la cantidad pendiente.
  • Vida Préstamo: este seguro garantiza, en caso de fallecimiento, el pago del capital pendiente de un bien adquirido que aún no ha sido pagado en su totalidad.
  • Vida Tranquilidad: los estudios de tus hijos, tu empresa, tu nivel de bienestar y el de tu familia,… con este seguro garantizas que todo siga igual aunque las circunstancias cambien.

¿Qué cantidad aseguro?

No te preocupes, nuestro equipo de profesionales le asesorará en la elección de qué garantías y qué cantidades son las mejores para ti.

Preguntas frecuentes de seguro de VIDA

¿Cómo saber si un familiar tenia un seguro de vida?

Basta con solicitar la información al Registro de Contratos de Seguros de cobertura de fallecimiento, dependiente del Ministerio de Justicia. Este registro permite recibir consultas por estas vías:

  • Consulta telemática: Haz clic aquí para acceder al procedimiento para solicitar un certificado desde tu ordenador.
  • Consulta presencial: El procedimiento implica varios pasos:
    1. Obtener el Modelo 790 (ya sea en la página Web del Ministerio de Justicia o en alguna de
      sus Gerencias Territoriales), cumplimentarlo y pagar la tasa correspondiente.
    2. Personarse en el Registro General de Actos de Última Voluntad o en alguna Gerencia
      Territorial del Ministerio de Justicia, con el certificado literal de defunción de la persona de la
      cual quiere obtenerse el certificado (sólo puedes hacerlo transcurridos 15 días hábiles desde la fecha de defunción). En el plazo máximo de 7 días el Registro expedirá un certificado señalando cuáles son los contratos vigentes y con qué entidades están suscritos. Estos certificados se recogen de la misma forma en la que se solicitaron (en persona o por correo).
      Una vez tengas el certificado, sólo debes ir a la aseguradora y preguntar si eres el beneficiario. En caso de que así sea, podrás cobrar la indemnización.
 
¿Como desvincular un seguro de vida de la hipoteca?

Lo primero que se debe hacer es comunicárselo al banco con más de 30 días de antelación antes de la fecha de inicio de la póliza y luego demostrar que esa desvinculación es porque has sustituido su póliza por otra con mejores condiciones y en la cual el banco es el beneficiario.

¿Es obligatorio contratar un seguro de vida con el banco que te concede la hipoteca?

No, hace unos años era una condición obligatoria contratar un seguro de vida con la propia entidad bancaria para poder conseguir una hipoteca. Ahora, ya no es obligatorio contar con un seguro de vida para que te concedan una hipoteca y, a día de hoy, el banco debe ofrecerte tanto productos vinculados  como otros ajenos a la entidad bancaria.

Ahora bien, es muy aconsejable contar con un seguro de vida al pedir una hipoteca, ya que los bancos lo cuentan como un condicionante obligatorio y en muchos casos se mostrarán reacios a otorgar una hipoteca a alguien que no tenga un seguro de vida, porque de esta forma no se podrá garantizar la solvencia del cliente en caso de fallecimiento.

Sabias que es más caro contratar con un Banco

Un estudio elaborado por Global Actuarial e Inese en la cual se ha visitado de forma anónima 27 entidades bancarias y para cuatro perfiles de edad (30, 40, 45 y 50 años) y tres tipos de capitales diferentes (30.000, 120.000 y 200.000 euros) y la conclusión es que las tarifas aplicadas por las entidades aseguradoras son significativamente inferiores, entre un 30% y un 35% de promedio, en todas las edades y en todos los tramos de capital, a las aplicadas por las entidades bancarias.

¿Puedo tener más de un seguro de vida contratado?
Si, puedes tener todos los que quieras y con las compañías que quieras, no tiene porque ser la misma. El único requisito es pagar los recibos y que te acepten las propuestas de seguro.
¿Qué cubre un seguro de vida?
La garantía principal es cubrir el fallecimiento natural del asegurado, aunque es posible incluir otras muchas coberturas como invalidez absoluta y permanente, doble capital por fallecimiento en accidente de tráfico, anticipo para el impuesto de sucesiones o donaciones, etc.

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