¿Qué cubre el seguro de accidentes personales?
Seguros de Accidentes Personales
Un Seguro de Accidentes personal o individual es una póliza que se puede suscribir voluntariamente para proteger a la familia o a las personas que se designen como beneficiarios, y a sí mismo, de las consecuencias derivadas de un accidente.
Es una póliza que normalmente se asocia a profesionales, pymes y empresas que, por su actividad profesional, están expuestas a este tipo de riesgos. Aunque, como ya hemos visto, este tipo de seguros puede estar vinculado a diversas actividades y está muy extendido.
Además, tampoco es raro que una persona decida, a título individual, contratar estos productos para cubrir a su familia en caso de muerte o invalidez como consecuencia de un accidente.
Es muy recomendable contratar un Seguro de Accidentes personales cuando hablamos de un profesional autónomo del que depende una familia, o una persona tiene que hacer frente a una serie de pagos de forma periódica, hipoteca, alquiler, impuestos, etc.
¿Qué accidentes cubre el Seguro?
Al hablar de los accidentes que están bajo la cobertura de este Seguro es importante matizar y concretar de qué estamos hablando.
La Ley de Contrato del Seguro establece que un accidente es la “lesión corporal que deriva de una causa violenta, súbita, externa y ajena a la intencionalidad del asegurado, que produzca invalidez temporal o permanente o la muerte”.
Esta definición de accidente establece las características que deben darse para que un suceso sea entendido por la aseguradora como un siniestro susceptible de indemnización.
Qué cubre el Seguro de Accidentes Personales
Una vez delimitado qué es un accidente a los ojos de las aseguradoras, concretar las coberturas de un Seguro de Accidentes individual es sencillo. Esta póliza cubre los daños corporales que sufre un asegurado como consecuencia de un accidente, ya sea en el ámbito de su vida personal o mientras desarrollaba su actividad profesional.
Asimismo, este producto asegurador cubre fundamentalmente el riesgo de muerte por accidente y la posibilidad de que el asegurado quede en situación de invalidez permanente y absoluta, y no pueda continuar con su actividad profesional.
Frente a estos riesgos, la aseguradora se compromete a indemnizar a los beneficiarios con el capital asegurado en caso de fallecimiento, y al asegurado en caso de invalidez, al tiempo que garantiza la cobertura de las consecuencias económicas derivadas del siniestro, como los gastos sanitarios.