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¿Por qué contratar seguros de salud?

Cada vez más personas contratan seguros de salud para proteger su bienestar y la de su familia y asegurarse una asistencia médica cómoda, rápida y eficaz, así como diagnósticos, tratamientos, analíticas, cualquier tipo de prueba y hospitalización. En España estos servicios los tenemos cubiertos por la sanidad pública, sin embargo, la masificación, las listas de espera, así como la falta de inversión y de mantenimiento de los centros de salud y los hospitales llevan a muchas personas a decantarse por contratar seguros de salud privados. Pero, si se puede acceder a servicios sanitarios de manera gratuita, ¿por qué pagar un seguro de salud?

Sanidad pública VS sanidad privada

La sanidad pública hoy en día está en un constante periodo de evolución debido a los cambios en el Gobierno. Algo tan sencillo como pedir cita a un médico, sobretodo si es un especialista o un prueba delicada, puede convertirse en una tarea complicada. Por eso surge  la sanidad privada, a la cual podemos mediante la contratación de un seguro de salud. Este seguro, nos proporciona la solución para tener una atención sanitaria especializada y otros servicios sin necesidad de largas esperas.

Preguntas frecuentes

Un período de carencia es un tiempo determinado por la póliza, puede ser de 90 días por ejemplo, donde pueden no tener cobertura ciertos servicios especiales como algunas pruebas o intervenciones quirúrgicas, quimioterapias, y algunos estudios específicos. Dependerá del servicio contratado y de la entidad aseguradora, ya que no todos ofrecen las mismas condiciones. Algunos seguros médicos no tienen períodos de carencia.

Un cuadro médico es un documento en el cual se muestran todos los profesionales que trabajan para el seguro médico y qué zonas tienen disponibles para sus clientes y pacientes, incluyendo especialidades de cada unos de ellos y los centros de asistencia de salud donde el asegurado puede dirigirse en caso de necesitarlo.

El copago es una cantidad fija de dinero que el asegurado tiene que pagar cada vez que consulte al médico o necesite algún tipo de medicamento. No todos los seguros médicos tienen copago.
Es una modalidad dentro de los seguros de salud por el cual el asegurado tiene la posibilidad de elegir el profesional al que dirigirse con la posterior indemnización de la compañía total o parcialmente. Dicho médico podrá estar dentro del cuadro médico de la aseguradora o no.
Dependiendo de la compañía tendrás que presentar un reconocimiento médico que verifique tu estado de salud actual o tendrás que someterte a uno que la compañía estipule y en el centro médico que estipule.
Con esto la compañía verificará si tienes algún tipo de dolencia o padeces algún tipo de preexistencia. En caso de encontrarse algún tipo de enfermedad, la compañía podrá incluir algún tipo de sobreprima en el precio del seguro o no querer asegurar a esa persona. Algunas compañías exigirán solo un cuestionario de salud cumplimentado por el cliente (también se puede realizar telefónicamente, depende de la compañía aseguradora)
Si al contratar este seguro, mientes/ocultas alguna enfermedad y posteriormente se demuestra, el seguro es nulo y podrá tener repercusiones legales contra dicha persona.

Normalmente sí, son tales como pruebas diagnósticas, tratamientos y algunas intervenciones quirúrgicas,…

En este caso te ofrecerán diferentes vías para realizar este trámite de forma cómoda y rápida, por teléfono, en sus oficinas, por correo electrónico, app o incluso vía fax. Con este trámite la compañía te facilitará un documento de autorización para presentar al médico responsable. Se establecen para controlar que las garantías a las que accede el asegurado están incluidas en su póliza, para comprobar que el asegurado está dado de alta, sin pagos pendientes o sin haber superado los límites de su seguro, o para detectar si es una prueba relacionada con una enfermedad que ya existía antes de darse de alta en su seguro médico.

Por regla general la mayoría de pruebas, consultas y análisis no necesitarán de esta autorización.

Sí, pero como norma general las compañías lo consideran preexistencia, por lo que no podrá acceder a prestaciones relacionadas con ese embarazo.
Normalmente cubren también en el extranjero durante algún viaje que no supere los días que la compañía fija. En caso de viaje superior a esos días habrá que contratar un suplemento que te garantice esa cobertura.

¿Qué opinan nuestros clientes?

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